Apostilla de sentencias y documentos judiciales (TSJ)
Gestionamos la apostilla de sentencias de divorcio, autos y certificaciones judiciales en la Secretaría de Gobierno del TSJ para su uso en el extranjero.
Apostilla24 — empresa privada, no organismo oficial.
No estamos afiliados a el Ministerio de Justicia de España. El documento oficial se emite de forma gratuita (0 EUR) directamente por el organismo: sede.mjusticia.gob.es/. Nuestro servicio es un acompañamiento de pago (preparación, apostilla, traducción, entrega), independiente de la tasa oficial.
Para qué sirve la apostilla de documentos judiciales
Si ha obtenido en España una sentencia de divorcio, un auto, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial y necesita presentarla fuera del país, casi con seguridad le pedirán la apostilla de La Haya. Sin ella, las autoridades extranjeras no pueden comprobar que la firma y el sello del documento son auténticos, y lo rechazarán.
Es un trámite frecuente en matrimonios, adopciones, nacionalidades, herencias y procesos laborales o penales en el extranjero. La buena noticia es que, bien preparado el documento, el trámite es sencillo; la menos buena, que el documento judicial tiene una vía propia distinta a la de otros documentos públicos.
La autoridad competente: la Secretaría de Gobierno del TSJ
Aquí está la particularidad de este trámite. Según el Real Decreto 1497/2011, en España hay tres tipos de autoridades competentes para apostillar, y cada una atiende a un tipo de documento:
| Tipo de documento | Autoridad competente |
|---|---|
| Administrativos y del Registro Civil | Ministerio de Justicia (Oficina Central y Gerencias Territoriales) |
| Notariales | Colegios Notariales |
| Judiciales | Secretarías de Gobierno de los TSJ |
Es decir, su sentencia de divorcio no se apostilla en el Ministerio de Justicia ni en una notaría, sino en la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma donde se dictó la resolución. Presentar la solicitud en el organismo equivocado es uno de los motivos más habituales de rechazo y pérdida de tiempo.
Además, no se apostilla cualquier copia: el documento debe ser un testimonio o copia certificada firmado por el letrado de la Administración de Justicia. Si solo tiene una copia simple o una descarga del portal del justicia, primero deberá pedir la copia certificada en el juzgado.
Países de destino: apostilla o legalización
La apostilla solo vale en países firmantes del Convenio de La Haya de 1961. Para destinos habituales como México, Colombia, Argentina, Chile, Perú, Estados Unidos, Reino Unido o la mayor parte de la UE, la apostilla es la vía correcta.
Si el país de destino no es firmante, el documento debe legalizarse por la vía diplomática: primero en el Ministerio de Asuntos Exteriores y después en el consulado de ese país en España. Son trámites distintos y encadenados, así que conviene saberlo antes de empezar.
Un matiz importante dentro de la Unión Europea: para ciertos documentos públicos de estado civil (nacimiento, matrimonio, defunción), el Reglamento 2016/1191 permite prescindir de la apostilla mediante un formulario multilingüe. Si su destino es un país de la UE, consulte si su caso encaja en esta vía más ágil.
Traducción jurada después de la apostilla
En la mayoría de los destinos, el documento apostillado debe ir acompañado de una traducción jurada realizada por un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. El orden habitual es: primero la apostilla, después la traducción, que incluye también la apostilla traducida.
Puede encargar la traducción jurada junto con la gestión, para recibir el expediente completo listo para presentar en el extranjero.
Cómo podemos ayudarle
No somos un organismo público: somos una gestoría que se encarga del trámite por usted. Confirmamos precio y plazo antes de empezar, preparamos la solicitud, gestionamos la cita previa ante la Secretaría de Gobierno del TSJ correspondiente, recogemos el documento apostillado y se lo enviamos donde lo necesite, dentro o fuera de España.
Si además tiene documentos notariales que apostillar, como poderes o certificados de actos de última voluntad, puede verlo en Documentos notariales. Y si quiere entender el trámite en general, consulte Apostilla de La Haya.
Si reside fuera de España, no necesita desplazarse: puede enviarnos el documento por correo y le devolvemos el original apostillado a su domicilio en el extranjero.
Ver también
Preguntas frecuentes
Los documentos judiciales se apostillan en la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma donde se dictó la resolución. No se tramitan en el Ministerio de Justicia ni en los Colegios Notariales, que son competentes para otros tipos de documentos.
La apostilla se extiende sobre el testimonio o la copia certificada del documento judicial, firmada por el letrado de la Administración de Justicia. Una fotocopia simple o un documento descargado sin certificación no es válido para apostillar.
México es país firmante del Convenio de La Haya de 1961, por lo que la apostilla es válida allí. Aun así, muchas autoridades extranjeras exigen además traducción jurada, así que conviene confirmar los requisitos con el organismo de destino antes de empezar.
En ese caso la apostilla no sirve: el documento debe legalizarse en el Ministerio de Asuntos Exteriores y, después, en el consulado del país de destino en España. Dígannos el país y le indicamos la vía correcta.
Si el documento cuenta con firma electrónica reconocida, existe la e-Apostilla a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, y su verificación se hace en el Registro Electrónico de Apostillas. El gestor comprueba si su documento reúne los requisitos para esta vía.
La apostilla en sí no tiene fecha de caducidad, pero algunos organismos extranjeros piden que el documento sea reciente, normalmente emitido en los últimos tres o seis meses. Conviene consultarlo con la autoridad de destino.
El precio y el plazo exactos los confirma el gestor antes de empezar, porque dependen de la comunidad autónoma, del tipo de documento y de si necesita traducción jurada o envío internacional.
Sí. Muchos de nuestros clientes son españoles residentes en el extranjero que necesitan apostillar documentos judiciales españoles. Puede enviarnos el documento por correo y le devolvemos el original apostillado a cualquier país.
Cómo funciona el proceso
- Envíe el documento
Mándenos una copia de la sentencia, el auto o la certificación judicial y el país de destino. El gestor revisa que sea un testimonio o copia certificada válida y confirma precio y plazo.
- Preparamos la solicitud
Identificamos la Secretaría de Gobierno del TSJ competente según la comunidad autónoma y preparamos la solicitud de apostilla con los datos del documento.
- Presentación y seguimiento
Gestionamos la cita previa o la presentación telemática ante la Secretaría de Gobierno y hacemos seguimiento hasta que la apostilla esté extendida.
- Recogida y envío
Recogemos el documento apostillado, verificamos los datos de la apostilla y se lo enviamos a su domicilio o al extranjero, con la opción de añadir traducción jurada.
Qué traer
- Testimonio o copia certificada del documento judicial, firmado por el letrado de la Administración de Justicia
- Copia del DNI, NIE o pasaporte de la persona solicitante
- Indicación del país de destino y, si la conoce, la finalidad del documento
- Si actúa en nombre de otra persona: documento que acredite la representación
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