Apostilla de sentencias y documentos judiciales (TSJ)

Gestionamos la apostilla de sentencias de divorcio, autos y certificaciones judiciales en la Secretaría de Gobierno del TSJ para su uso en el extranjero.

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Apostilla24 — empresa privada, no organismo oficial.

No estamos afiliados a el Ministerio de Justicia de España. El documento oficial se emite de forma gratuita (0 EUR) directamente por el organismo: sede.mjusticia.gob.es/. Nuestro servicio es un acompañamiento de pago (preparación, apostilla, traducción, entrega), independiente de la tasa oficial.

Para qué sirve la apostilla de documentos judiciales

Si ha obtenido en España una sentencia de divorcio, un auto, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial y necesita presentarla fuera del país, casi con seguridad le pedirán la apostilla de La Haya. Sin ella, las autoridades extranjeras no pueden comprobar que la firma y el sello del documento son auténticos, y lo rechazarán.

Es un trámite frecuente en matrimonios, adopciones, nacionalidades, herencias y procesos laborales o penales en el extranjero. La buena noticia es que, bien preparado el documento, el trámite es sencillo; la menos buena, que el documento judicial tiene una vía propia distinta a la de otros documentos públicos.

La autoridad competente: la Secretaría de Gobierno del TSJ

Aquí está la particularidad de este trámite. Según el Real Decreto 1497/2011, en España hay tres tipos de autoridades competentes para apostillar, y cada una atiende a un tipo de documento:

Tipo de documentoAutoridad competente
Administrativos y del Registro CivilMinisterio de Justicia (Oficina Central y Gerencias Territoriales)
NotarialesColegios Notariales
JudicialesSecretarías de Gobierno de los TSJ

Es decir, su sentencia de divorcio no se apostilla en el Ministerio de Justicia ni en una notaría, sino en la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma donde se dictó la resolución. Presentar la solicitud en el organismo equivocado es uno de los motivos más habituales de rechazo y pérdida de tiempo.

Además, no se apostilla cualquier copia: el documento debe ser un testimonio o copia certificada firmado por el letrado de la Administración de Justicia. Si solo tiene una copia simple o una descarga del portal del justicia, primero deberá pedir la copia certificada en el juzgado.

Países de destino: apostilla o legalización

La apostilla solo vale en países firmantes del Convenio de La Haya de 1961. Para destinos habituales como México, Colombia, Argentina, Chile, Perú, Estados Unidos, Reino Unido o la mayor parte de la UE, la apostilla es la vía correcta.

Si el país de destino no es firmante, el documento debe legalizarse por la vía diplomática: primero en el Ministerio de Asuntos Exteriores y después en el consulado de ese país en España. Son trámites distintos y encadenados, así que conviene saberlo antes de empezar.

Un matiz importante dentro de la Unión Europea: para ciertos documentos públicos de estado civil (nacimiento, matrimonio, defunción), el Reglamento 2016/1191 permite prescindir de la apostilla mediante un formulario multilingüe. Si su destino es un país de la UE, consulte si su caso encaja en esta vía más ágil.

Traducción jurada después de la apostilla

En la mayoría de los destinos, el documento apostillado debe ir acompañado de una traducción jurada realizada por un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. El orden habitual es: primero la apostilla, después la traducción, que incluye también la apostilla traducida.

Puede encargar la traducción jurada junto con la gestión, para recibir el expediente completo listo para presentar en el extranjero.

Cómo podemos ayudarle

No somos un organismo público: somos una gestoría que se encarga del trámite por usted. Confirmamos precio y plazo antes de empezar, preparamos la solicitud, gestionamos la cita previa ante la Secretaría de Gobierno del TSJ correspondiente, recogemos el documento apostillado y se lo enviamos donde lo necesite, dentro o fuera de España.

Si además tiene documentos notariales que apostillar, como poderes o certificados de actos de última voluntad, puede verlo en Documentos notariales. Y si quiere entender el trámite en general, consulte Apostilla de La Haya.

Si reside fuera de España, no necesita desplazarse: puede enviarnos el documento por correo y le devolvemos el original apostillado a su domicilio en el extranjero.

Ver también

Preguntas frecuentes

Cómo funciona el proceso

  1. Envíe el documento

    Mándenos una copia de la sentencia, el auto o la certificación judicial y el país de destino. El gestor revisa que sea un testimonio o copia certificada válida y confirma precio y plazo.

  2. Preparamos la solicitud

    Identificamos la Secretaría de Gobierno del TSJ competente según la comunidad autónoma y preparamos la solicitud de apostilla con los datos del documento.

  3. Presentación y seguimiento

    Gestionamos la cita previa o la presentación telemática ante la Secretaría de Gobierno y hacemos seguimiento hasta que la apostilla esté extendida.

  4. Recogida y envío

    Recogemos el documento apostillado, verificamos los datos de la apostilla y se lo enviamos a su domicilio o al extranjero, con la opción de añadir traducción jurada.

Qué traer

  • Testimonio o copia certificada del documento judicial, firmado por el letrado de la Administración de Justicia
  • Copia del DNI, NIE o pasaporte de la persona solicitante
  • Indicación del país de destino y, si la conoce, la finalidad del documento
  • Si actúa en nombre de otra persona: documento que acredite la representación
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Redacción
Equipo Apostilla24
Revisado: Sat Sep 12

Fuentes oficiales

Las normas están verificadas con las fuentes oficiales.

Real Decreto 1497/2011, BOE Autoridades competentes para la apostilla en España · verificado el 2026-09-11 Abrir fuente

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